Como muchos de vosotros ya conoceréis, porque os habrá llegado por los distintos medios de comunicación, el Tribunal Supremo ha dejado claro que si un festivo oficial coincide con tu día de descanso semanal, la empresa debe compensarlo (con otro día libre o de otra forma equivalente), ya que el descanso semanal y los 14 festivos al año son derechos distintos y no se pueden solapar.

Podéis ver una explicación sencilla en este artículo de FESIBAC-CGT, o en el BOE.

Como veis, esta doctrina se apoya en la sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Social) núm. 997/2024, de 9 de julio, y en la regulación de los festivos en el Estatuto de los Trabajadores y en el calendario laboral oficial publicado en el BOE.

Esto afecta tanto a quien trabaja de lunes a viernes (cuando el festivo cae en sábado) como a quien tiene descansos en otros días por turnos u otros horarios.

Desde la Sección Sindical de CGT, hemos enviado una petición formal a la empresa, a nivel estatal, para que nos aclare:

– Si va a compensar todos los festivos oficiales (nacionales, autonómicos o locales) que coincidan con el día de descanso semanal.

– Cómo se va a hacer esa compensación y si se aplicará de forma general en todos los centros y ciudades.

La empresa ya nos ha respondido que lo analizarán y nos darán una respuesta al respecto. Cuando nos den esa respuesta, os informaremos y, si fuera necesario, valoraremos las acciones a seguir.

NI NOS VENDEMOS NI NOS RENDIMOS
PORQUE NO TODOS LOS SINDICATOS SON IGUALES