Desde CGT interpusimos dos demandas frente a la empresa:
- Por los Festivos que coinciden con días no laborables.
- Por el Derecho a la Media Dieta, aunque no se salga de la provincia.
Ayer se celebró el acto de mediación previo a ambas demandas. En ambas participaron la parte demandante (CGT), la empresa como demandada y el resto de los sindicatos (ELA, CCOO y UGT) como interesados. Todos los sindicatos se adhirieron a nuestras demandas y la empresa, como era previsible, se opuso a ambas.
Demanda sobre Festivos:
Un ejemplo: el 15 de agosto es un festivo nacional que cae en sábado. Según el Tribunal Supremo y nuestra interpretación de su sentencia, la empresa debería darnos a todos (no solo a los trabajadores con modalidad de turnos) otro día libre o compensarnos de alguna forma por coincidir estos festivos con un día de nuestro descanso semanal.
Resultado: Aplazada hasta el 18 de junio de 2026, a las 10:00.
Motivo: Existen varios procedimientos similares ya vistos en la Audiencia Nacional en otras empresas del sector, pendientes de sentencia. Para esa fecha se espera disponer de resoluciones que puedan orientar o facilitar un posible acuerdo.
Media Dieta:
Ejemplo: Actualmente, si te desplazan un día a trabajar desde la oficina de Madrid a Aranjuez en 2026 (es decir dentro de la provincia), no te pagan la media dieta. Sin embargo, si ganásemos la demanda, tendrían que pagarte 29,46€.
Resultado: Sin acuerdo. CGT seguirá adelante con la demanda.
Motivo: La empresa alegó que se trata de “cosa juzgada” y no quiso entrar a debatir sobre este tema. No obstante, desde CGT entendemos que el litigio previo no abordaba exactamente los mismos términos y que el propio Tribunal Supremo abrió la vía para una nueva interpretación. Los mediadores advirtieron además de la posibilidad de que la Audiencia Nacional vuelva a derivar el asunto a mediación.