LA CORUÑA
El Inspector de Trabajo y Seguridad Social constató que la empresa procedió a abonar directamente las horas extraordinarias realizadas en 2022 a varios de los trabajadores comprobados, sin contar con pactos individuales con cada uno de aquellos.
Los hechos descritos, consistentes en no ofrecer a los trabajadores la posibilidad de elegir el modo de compensar las horas extraordinarias y, por tanto, no contar con pactos individuales, suponen una transgresión del artículo 35.3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre y del artículo 29.3 del XVIII Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Consultoría, Tecnologías de la Información y Estudios de Mercado.
En consecuencia, se inició procedimiento administrativo sancionador, por infracción grave en materia laboral frente a la empresa.
MÁLAGA
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social comprobó la transgresión de los límites de horas extraordinarias, en los años 2022 y 2023. Como medida derivada de la actuación inspectora, se procedió de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.5 de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
BADAJOZ
Revisada la documentación por la Inspección de Trabajo se comprueba que tanto en año 2022 como 2023 múltiples trabajadores de la empresa realizaron horas extraordinarias, que no fueron objeto de compensación dentro de los cuatro meses siguientes, sino que fueron objeto de retribución en febrero del año siguiente a su realización, sin que la empresa acredite el pacto individual con tales trabajadores que exige el art. 29.3 del convenio colectivo aplicable.
Por lo tanto se extiende acta de infracción por superación del límite máximo de ochenta horas extraordinarias al año.
Además se extiende requerimiento a la para que en un plazo inmediato, en relación con las horas extraordinarias, la empresa deberá formalizar los correspondientes pactos individuales, establecidos en el mencionado art. 29.3 del convenio colectivo, con cada trabajador para poder continuar retribuyendo las horas extraordinarias en vez de compensarlas con descanso.